La autoridad informó que las piletas de condominios no están obligadas de contar con salvavidas, pero sí deben contar con permiso sanitario y cumplir con las exigencias del reglamento de piscinas. En el operativo se prohibió el funcionamiento a un recinto que no contaba con las condiciones básicas de seguridad.

Fiscalización de piscinas en condominios

El SEREMI de Salud RM, Dr. Carlos Aranda Puigpinos, fiscalizó durante esta mañana dos piscinas de edificios y condominios de la capital, para constatar el cumplimiento de la normativa sanitaria en estos recintos de alta concurrencia, debido a las altas temperaturas y el inicio de las vacaciones de los escolares.

En edificios y condominios son denominadas como “de uso restringido”. En esta denominación se incluyen además las de hoteles, establecimientos educacionales, gimnasios, instituciones, etc., que son destinadas al uso exclusivo de un grupo reducido de personas.

Existen alrededor de 1000 piscinas de edificios y condominios, además de otras 500 de uso público y público restringido (distintas a las de comunidades de copropiedad).

El Dr. Carlos Aranda, estableció las distinciones que tiene la fiscalización a las piscinas de “uso público” -como lo son las piscinas municipales- con las de “uso restringido”: “Ante todo, toda piscina debe tener una resolución sanitaria para funcionar. Existen algunas diferencias en las exigencias que realizamos, por reglamento. Las de uso restringido no están obligadas de contar con un salvavidas o con personal que atienda en la sala de primeros auxilios de forma permanente. Eso sí, las piletas de condominios deberán tener un reglamento interno de seguridad que se encuentre a la vista, el que deberá considerar, un responsable de la mantención de su higiene y seguridad”.

Piscinas en condominios: seguridad

El SEREMI, destacó que la correcta implementación de los artículos de seguridad, que por normativa deben estar presentes en las piscinas, pueden marcar la diferencia frente a una emergencia: “Un lugar con los elementos de seguridad y rescate requeridos, puede hacer la diferencia a la hora de un accidente. Sólo se necesitan 27 segundos bajo el agua, para que un niño pierda la vida. Hacemos un llamado a revisar si la piscina en nuestro edificio cuenta con las medidas mínimas que exige la normativa. Es tarea de la administración implementarlas”

“Las piscinas de edificios son las más utilizadas por nuestros niños durante sus vacaciones de verano. Que cuenten con todas las medidas de seguridad puede hacer la diferencia entre la vida y la muerte”, agregó el SEREMI de salud RM.

Haga la denuncia si nota irregularidades en la piscina de su condominio

Las denuncias pueden ser ingresadas en www.asrm.cl o en Salud Responde 600 360 7777.

Durante esta temporada de piscinas 2015-2016, La Seremi de Salud RM fiscalizó un total de 95 piscinas de uso público y restringido, cursando 24 sumarios sanitarios.